Sentencia del Tribunal Supremo en relación al recurso presentado por la Junta de Extremadura sobre la asignatura de Religión, que crea jurisprudencia en todo el territorio español
En ella se establece la obligatoriedad de que se oferte la asignatura de religión por parte de la Junta en 2º de Bachillerato, algo que no contemplaba la Junta y fue uno de los objetos de la demanda que interpusieron padres, profesores y las tres diócesis extremeñas.
Por otro lado, respecto a la reducción que la consejería había hecho de la asignatura en 1º de la ESO y 1º de Bachillerato, el Supremo dictamina que no es cuestión de número de horas, sino que lo importante es que la asignatura de Religión se desarrolle adecuadamente, por lo que tendrá que tener el horario que sea necesario para este fin.

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