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Ante las sentencias del Tribunal Supremo sobre Educación para la Ciudadanía Imprimir E-Mail
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Escrito por Secretaría de Comunicación Tomás Moro   
miércoles, 18 de febrero de 2009

MADRID, 17 DE FEBRERO DE 2009.- El Centro Jurídico Tomás Moro, ante las  Sentencias del Tribunal Supremo en relación a Educación para la Ciudadanía, y sin perjuicio de un posterior estudio en profundidad, se ve en la necesidad de realizar algunas observaciones:

    1.- Pocas veces los miembros de este Centro Jurídico han tenido ocasión de estudiar unas Sentencias de nuestro Alto Tribunal, tan incongruentes en su iter lógico. Efectivamente, de los Fundamentos Jurídicos desarrollados en las Sentencias, es difícil llegar a los Fallos a los que llega el Alto Tribunal.

   2.- Las discutidas Sentencias Judiciales, demuestran que la asignatura de Educación para la Ciudadanía ha motivado jurídicamente la misma división que ha generado en la sociedad española. La amplitud, profundidad, extensión y profusión de los votos particulares, demuestran que la asignatura no genera la paz social imprescindible para su docencia en los centros escolares.

   3.- La interpretación restrictiva que dichas Sentencias realizan de la Objeción de Conciencia, supone un peligro para la democracia española, pues ante las arbitrariedades de los poderes públicos, el Tribunal Supremo deja inerme a la ciudadanía. La amplitud del reconocimiento del Derecho Fundamental a la Objeción de Conciencia, es el verdadero termómetro para determinar la salud de la democracia. La historia nos demuestra que la limitación de la objeción de conciencia lleva implícita la limitación de la libertad.

   4.- El Tribunal Supremo hace dejación de sus funciones, pues su misión principal es la de tutelar los derechos ciudadanos y no la de hacer recomendaciones a los poderes políticos. Las continuas advertencias que el Tribunal Supremo realiza a los poderes políticos para que eviten el adoctrinamiento, no son más que demostraciones tácitas del peligro de manipulación que el Alto Tribunal ha detectado en los contenidos de la materia discutida; sin embargo, dicha alarma no les ha llevado a dar la razón a los padres objetores.

   5.- La ciudadanía, justa o injustamente, con acierto o no, no orlará a dichas Sentencias del respeto debido, pues las dudas sobre las presiones políticas ejercidas sobre los Magistrados están presentes en la mayoría de los españolas. Efectivamente, desde que se supo que la declaración institucional congratulándose de la decisión judicial se produjo con anterioridad a la redacción de la misma, el común sentir lleva a entender que la Ministra de Educación realizó flaco favor a las libertades ciudadanas, a la independencia judicial y a la mesura política.

   Por todos estos motivos, y después de conocer el contenido de las Sentencias, este Centro Jurídico considera su obligación moral y ciudadana, seguir apoyando, alentando e incentivando la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, y seguir profundizando en el estudio de nuevos cauces de libertad para los padres que se nieguen a entregar a sus hijos a la manipulación ideológica.

 

   Secretaría de Comunicación

   www.tomasmoro.es

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Modificado el ( miércoles, 18 de febrero de 2009 )
 
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