Benedicto XVI en la ONU: Es la hora de proteger los Derechos Humanos
Escrito por Jesús de las Heras Muela - Director de ECCLESIA
miércoles, 03 de diciembre de 2008
El Papa Benedicto
XVI visitaba la sede central de la ONU en Nueva York el pasado 18 de abril.
Su visita se insertaba ya en el contexto de este sesenta aniversario de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Desde la
fundamentación de los Derechos Humanos y su necesario entroncamiento en la ley
natural, Benedicto XVI prestaba unextraordinario servicio a la paz mediante su memorable discurso a la
Asamblea General de la ONU. La paz se basa en la justicia y en el respeto a los
derechos -incluido, por supuesto, el derecho a la libertad religiosa- y a la
dignidad inviolable de toda persona desde su concepción natural hasta su ocaso.
Y ni la ley de las mayorías, ni el relativismo jurídico, ético o mediático, ni
las potentes estructuras de los Estados están por encima de los derechos
humanos. En la hora presente han de ser protegidos y promovidos como
presupuesto inexcusable para la paz y el desarrollo de todos los pueblos y de
todas personas, especialmente de los débiles.
Desde esta
verdad, resulta, por lo tanto, coherente que la Santa Sede rechace las
propuestas actuales que pretenden –inconcebiblemente- incluir el aborto como un
derecho y menos aún como un derecho fundamental y que también se niegue a que
la igualdad radical de las personas conlleve beneficios políticos a las
ideologías de género o de sexo tan al uso.
Libertad, igualdad y fraternidad
La Declaración universal
que ahora cumple 60 años arranca de un primer artículo fundamental: "Todos
los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como
están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los
otros". La libertad, la igualdad y la fraternidad, tan pavoneadas como
poco verificados en la Revolución francesa (1789), se consagraba como el
vértice de la Declaración.
El segundo artículo
incide en la radical igualdad de todos los seres humanos "sin distinción
alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier
otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento..."
La vida, la fama y la familia
La vida, la libertad y
la seguridad son proclamadas después. A renglón seguido se rechaza absolutamente
la esclavitud, la servidumbre, la trata de esclavos, la tortura o las penas y
tratos crueles, inhumanos o degradantes.
El reconocimiento de la
propia personalidad jurídica, la igualdad ante la ley y las protecciones y
cautelas propias para no incurrir contra la presunción de inocencia y para
garantizar un justo juicio, si es necesario, centran los artículos 6 al 12.
Los artículos 13 al 17 versan de los derechos
a la vida privada, a la familia, al domicilio, a la correspondencia, a la fama,
a la libertad de movimientos y de residencia, al derecho a asilo, a la
nacionalidad y al derecho a la propiedad.
El artículo 16, punto
tres, define así a la familia: "La familia es el elemento natural y
fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del
estado". La familia, particularmente la maternidad y la infancia, volverán
a la declaración en el parágrafo 2 del artículo 24 que urge a la protección
social de todos los niños, sin excepciones.
Libertades privadas y públicas
Mientras que los
artículos 18, 19 y 20 proclaman la libertad de pensamiento, de conciencia, de
religión, de opinión y de expresión, de reunión y de asociación pacíficas, el
artículo 21 es la consagración del sistema democrático y participativo como el
más adecuado para la configuración de los Estados y de la sociedad, de modo que
quedan también convalidados como derechos fundamentales la soberanía popular,
las elecciones y el sufragio universal, desde la libertad, la participación y
la igualdad.
El derecho a la seguridad
social y la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales,
como indispensables a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad, son
igualmente declarados y enunciados en el artículo 22.
Los "derechos sociales"
"Toda persona
humana tiene derecho al trabajo" afirma el artículo 23, que proclama
también la necesaria libertad de elección laboral, las medidas contra el
desempleo y los derechos al salario, a sindicarse, al descanso y al tiempo
libre remunerado, a la luz del artículo 24. Otros inalienables "derechos
sociales" son la salud, el bienestar, la alimentación, el vestido, la
vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales como los de desempleo,
invalidez, viudez, vejez...
"Toda persona tiene
derecho a la educación. La educación debe ser gratuita -prosigue la Declaración
en el artículo 26-, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y
fundamental". La cultura es también otra de las afirmaciones de esta
Declaración Universal, que pretender garantizar y urgir en los artículos
finales, 29 y 30, el cumplimiento de los Derechos Humanos, como base de una
sociedad y de un mundo mejores.
Y es que el "mapa
mundi" de los Derechos Humanos, sesenta años después de su proclamación y
declaración solemnes, dista mucho de ser una realidad. De ahí, el reto y el
desafío a la toda la sociedad y a la Iglesia, y ahora, más aún, en Navidad, que
es tiempo excepcional para los Derechos Humanos.