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Benedicto XVI en la ONU: Es la hora de proteger los Derechos Humanos Imprimir E-Mail
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Escrito por Jesús de las Heras Muela - Director de ECCLESIA   
miércoles, 03 de diciembre de 2008
El Papa Benedicto XVI visitaba la sede central de la ONU en Nueva York el pasado 18 de abril. Su visita se insertaba ya en el contexto de este sesenta aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

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Desde la fundamentación de los Derechos Humanos y su necesario entroncamiento en la ley natural, Benedicto XVI prestaba un extraordinario servicio a la paz mediante su memorable discurso a la Asamblea General de la ONU. La paz se basa en la justicia y en el respeto a los derechos -incluido, por supuesto, el derecho a la libertad religiosa- y a la dignidad inviolable de toda persona desde su concepción natural hasta su ocaso. Y ni la ley de las mayorías, ni el relativismo jurídico, ético o mediático, ni las potentes estructuras de los Estados están por encima de los derechos humanos. En la hora presente han de ser protegidos y promovidos como presupuesto inexcusable para la paz y el desarrollo de todos los pueblos y de todas personas, especialmente de los débiles.

 Desde esta verdad, resulta, por lo tanto, coherente que la Santa Sede rechace las propuestas actuales que pretenden –inconcebiblemente- incluir el aborto como un derecho y menos aún como un derecho fundamental y que también se niegue a que la igualdad radical de las personas conlleve beneficios políticos a las ideologías de género o de sexo tan al uso.

 

Libertad, igualdad y fraternidad

 

 La Declaración universal que ahora cumple 60 años arranca de un primer artículo fundamental: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros". La libertad, la igualdad y la fraternidad, tan pavoneadas como poco verificados en la Revolución francesa (1789), se consagraba como el vértice de la Declaración.

 El segundo artículo incide en la radical igualdad de todos los seres humanos "sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento..."

 

La vida, la fama y la familia

 

 La vida, la libertad y la seguridad son proclamadas después. A renglón seguido se rechaza absolutamente la esclavitud, la servidumbre, la trata de esclavos, la tortura o las penas y tratos crueles, inhumanos o degradantes.

 El reconocimiento de la propia personalidad jurídica, la igualdad ante la ley y las protecciones y cautelas propias para no incurrir contra la presunción de inocencia y para garantizar un justo juicio, si es necesario, centran los artículos 6 al 12.

  Los artículos 13 al 17 versan de los derechos a la vida privada, a la familia, al domicilio, a la correspondencia, a la fama, a la libertad de movimientos y de residencia, al derecho a asilo, a la nacionalidad y al derecho a la propiedad.

 El artículo 16, punto tres, define así a la familia: "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del estado". La familia, particularmente la maternidad y la infancia, volverán a la declaración en el parágrafo 2 del artículo 24 que urge a la protección social de todos los niños, sin excepciones.

 

Libertades privadas y públicas

 

 Mientras que los artículos 18, 19 y 20 proclaman la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión, de opinión y de expresión, de reunión y de asociación pacíficas, el artículo 21 es la consagración del sistema democrático y participativo como el más adecuado para la configuración de los Estados y de la sociedad, de modo que quedan también convalidados como derechos fundamentales la soberanía popular, las elecciones y el sufragio universal, desde la libertad, la participación y la igualdad.

 El derecho a la seguridad social y la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, como indispensables a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad, son igualmente declarados y enunciados en el artículo 22.

 

Los "derechos sociales"

 

 "Toda persona humana tiene derecho al trabajo" afirma el artículo 23, que proclama también la necesaria libertad de elección laboral, las medidas contra el desempleo y los derechos al salario, a sindicarse, al descanso y al tiempo libre remunerado, a la luz del artículo 24. Otros inalienables "derechos sociales" son la salud, el bienestar, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales como los de desempleo, invalidez, viudez, vejez...

 "Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita -prosigue la Declaración en el artículo 26-, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental". La cultura es también otra de las afirmaciones de esta Declaración Universal, que pretender garantizar y urgir en los artículos finales, 29 y 30, el cumplimiento de los Derechos Humanos, como base de una sociedad y de un mundo mejores.

 Y es que el "mapa mundi" de los Derechos Humanos, sesenta años después de su proclamación y declaración solemnes, dista mucho de ser una realidad. De ahí, el reto y el desafío a la toda la sociedad y a la Iglesia, y ahora, más aún, en Navidad, que es tiempo excepcional para los Derechos Humanos.

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