|
Lombardi lamenta que algunos medios presenten los casos de
abusos de la diócesis de Tucson (USA) apartándose de la realidad
Sábado, 3 abr (RV).- El director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, Padre
Federico Lombardi señala hoy, en una nota, que la «presentación de algunos
medios sobre un caso dramático de abusos por parte de un sacerdote de la
diócesis estadounidense de Tucson, en los años 70, se aparta de la realidad de
los hechos ocurridos verdaderamente». 
La nota del padre Lombardi añade que «de la documentación, en
efecto, resulta claramente y con certeza que los responsables de la Congregación para la Doctrina de la Fe – a la que se había dirigido
la mencionada diócesis estadounidense, puesto que se trata de un caso referido
al crimen de ‘solicitación’ del sacramento de la penitencia - se han interesado
de forma activa en el curso de los años 90, con el fin de que el proceso
canónico en curso en la diócesis de Tucson se llevara a cabo debidamente. Y
ello ocurrió en 1997, con sentencia de reducción al estado laical. Lo que ha
sido confirmado con precisión, en las respuestas a las preguntas de la prensa
local, por parte del obispo de Tucson, Mons. Kicanas, también a través de la
publicación de las cartas provenientes de la misma Congregación».
Sin embargo, dicho sacerdote «presentó una apelación contra la
sentencia y su recurso llegó al Tribunal de la Congregación cuando
ya se había puesto en marcha la revisión de las normas canónicas
precedentemente en vigor». Por lo que – añade el P. Lombardi - «las apelaciones
quedaron pendientes hasta que entrara en vigor la nueva legislación en 2001,
que lleva todos los casos de ‘delitos más graves’ bajo la competencia de la Congregación para la Doctrina de la Fe, para una gestión más segura
y rápida».
A partir de 2001, todas las apelaciones pendientes fueron
gestionadas tempestivamente y, este caso fue uno de los primeros en ser
examinado. Ello requirió tiempo, también porque la documentación presentada era
particularmente voluminosa. En todo caso, la sentencia de primer grado fue
confirmada ‘in toto’, es decir totalmente, con la consiguiente reducción al
estado laical en 2004». Reitera la nota del director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, que termina
señalando que «no se debe olvidar que, aun cuando las apelaciones permanecen
pendientes y la sentencia queda suspendida, siguen en vigor las medidas
cautelares impuestas por el obispo al imputado. En efecto, en este caso el
sacerdote ya había sido suspendido desde el año 1990».
|